viernes, 21 de abril de 2017

CONOCIENDO EL MANUAL DE CONVIVENCIA

MANUAL DE CONVIVENCIA
Juan David Benavides Rodriguez
Definición del manual de convivencia: ¿Qué es y para qué sirve el manual de convivencia?


  • Para que reconozcamos que tenemos derechos y deberes que ayudan a nuestra formación y a una mejor convivencia.
  • Para que sean reconocidos nuestros logros y los de los compañeros, a través de estímulos, como respeto a nosotros mismos y a los demás, tolerancia, responsabilidad, honradez, amor al propio cuerpo y resolución de conflictos propiciando así buenas relaciones entre estudiantes, padres de familia y profesores.
  • Para que practiquemos hábitos de cuidado personal, cuidado del entorno, puntualidad y participación.
  • Para fomentar y vivenciar la paz, la democracia y la convivencia.
Derechos de los estudiantes
1º Al buen trato en igualdad de condiciones y de oportunidades y sin ningún tipo de discriminación
2º Al libre desarrollo de la personalidad sin mas limitación que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
3º A recibir una educación integral de buena calidad y que corresponda a las condiciones socio – económicas de la población de nuestra región.
4º A su intimidad personal y familiar; a su buen nombre y a conocer, actualizar y rectificar la información que sobre él exista en los archivos anecdotarios y registros de la Institución.
5º A presentar peticiones respetuosas a sus compañeros, docentes, empleados, directivos o gobernantes y a obtener pronta resolución.
6º A elegir y ser elegido para los diferentes estamentos del gobierno Escolar y a conocer sus derechos.
7º A recibir el Carné Estudiantil y el Manual de Convivencia a mas tardar en la primera semana de labores académicas con los estudiantes y a sugerir por escrito las posibles modificaciones al Manual de Convivencia.
8º A participar en la planeación, ejecución y evaluación anual del P. E. I. de acuerdo a los mecanismos que para ello se estipule a través de los delegados al gobierno escolar.
9º A no ser obligado a recibir educación religiosa siempre y cuando esta voluntad haya sido manifestada en el acto de matrícula por el estudiante mayor de edad, o los padres o acudientes del menor de edad. 
10º A expresar y a difundir libre y responsablemente sus opiniones y sus ideas, respetando este derecho en los demás.
Deberes de los estudiantes
1º Conocer y defender los derechos del menor y los derechos y deberes contemplados en la constitución y la ley. 
2º A asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la Institución y participar de ellas cuando sea pertinente. 
3º Conocer, aceptar y aplicar el contenido y las disposiciones del Manual de Convivencia en el trato diario con los demás miembros de la Comunidad educativa. 
4º Asistir a las labores académicas con los textos, materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar. 
5º Tratar con amabilidad, respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad educativa, manteniendo un comportamiento digno y culto. 
6º Superarse a si mismo aprovechando al máximo todas sus capacidades para beneficio personal y social porque la educación es un derecho deber. 
7º Utilizar adecuadamente los muebles enseres, biblioteca, salas de informática, implementos deportivos, material didáctico, sala de sistemas, laboratorios e instalaciones del plantel en consideración que son bienes de uso común, entregar al final del año el pupitre asignado en perfectas condiciones o por el contrario costear los daños causados. 
8º Respetar los derechos de los demás, la opinión ajena y el orden en el uso de la palabra. 
9º Entregar al final del año al director de grupo y al coordinador de convivencia el pupitre asignado al principio del año escolar, en perfectas condiciones, es decir pintado y aseado. 
10º Evitar la participación en actos delictivos o que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad educativa. 
Prohibiciones
1º Consumir, portar, vender, difundir, drogas psicotrópicas, alucinógenas, depresoras, tóxicos o cualquier otro elemento que afecte o ponga en riesgo la salud física, mental propia o de cualquier otro miembro de la comunidad, cuidando la salud como un bien personal. Si estos casos se presentan serán informados de inmediato a los padres de familia o acudientes y al defensor de familia. 
2º Consumir, incentivar el uso de cigarrillos y licores entre los miembros de la comunidad educativa.
 3º Participar, inducir, encubrir promover o fomentar prácticas satánicas, mágicas de espiritismo o hechicería que perjudiquen a los miembros de la comunidad educativa. La manipulación por medio de subliminados o a través de cualquier otro medio. Estos casos de presentarse serán reportados a la defensoría de familia y a las autoridades competentes. 
4º Realizar letreros, grafitos, o dibujos que ofendan a cualquier persona o institución o que promuevan proselitismo armado o de pandillas o que simplemente enuncien las paredes, deterioren los baños, pupitres y otros bienes y elementos de trabajo.
 5º Participar en actos delictivos o que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad educativa: el robo, el atraco, el porte de armas, etc. 
6º Permanecer injustificadamente fuera de las aulas en las horas de clase y acudir a la tienda escolar en estos momentos. 
7º Difamar o atentar contra la honra de los integrantes de la comunidad educativa mediante el chisme, la calumnia y/o comentarios mal intencionados o rumores infundidos. 
8º Salir o entrar del plantel irregularmente por lugares no permitidos. 
9º Incumplir con los deberes contemplados en el manual de convivencia. 
10º Falsificar o adulterar documentos requeridos para el ingreso, matricula o transferencia o conceptos valorativos propios o ajenos o suplantaciones de nombres en las evaluaciones, o en general la falsificación de cualquier documento público, si el caso lo amerita serán conocedores de estos hechos los padres o acudientes y el defensor de familia. 
11º  Fomentar los juegos de azar, naipes, dados u otra clase de objetos que se utilicen para juego de suerte o apuestas en dinero. 
12º Ofender de palabras o de hecho a los compañeros, empleados, profesores, directivos o a cualquier persona o efectuar actos de inmoralidad o de incultura, entre ellos el chantaje, la intimidación, la amenaza o las riñas. 
13º Portar prendas ajenas al uniforme u objetos extravagantes. (aretes, piercing, cortes de cabello extravagantes). 
14º El acoso sexual y las manifestaciones amorosas que generen escándalo o atenten contra la honra de las personas, si se lo considera necesario se dará aviso a las autoridades competentes. 
15º Bajo rendimiento académico asociado a mal comportamiento. 
16º La reprobación por segunda vez la de un determinado grado o año escolar, con mal comportamiento (Art. 96 de la ley general de educación). 
17º Utilizar vocabulario soez. 
18º Utilizar uniforme de diario y la sudadera en forma incorrecta. (El uniforme debe ser portado con dignidad y únicamente dentro de la institución o actividades extractase organizadas por el plantel). 
19º Utilizar el uniforme o la sudadera para asistir a lugares que atentan contra la moral como casinos, billares, tabernas, cinemas, etc. 
20º Para los integrantes de la comunidad educativa (directivos, profesores, empleados, estudiantes, padres de familia) aquellas faltas graves que no estén contempladas en el presente manual serán conocidas por las autoridades competentes y sancionadas conforme a las normas existentes (leyes: 115, 715, 734 Dto. 1285 y demás normas reglamentarias).
Incentivos
1º Matrícula de honor. Se otorgará a los estudiantes que hayan obtenido el mejor rendimiento académico y de comportamiento en cada curso. El primer puesto se exonerará del 100% de la matrícula y el segundo con el 50%. 
2º Publicación por periodo de los nombres de los estudiantes que se han distinguido en el cuadro de honor del plantel. 
3º Izar el pabellón Nacional, del Departamento, del Municipio y del Plantel por el alumno que se haga acreedor a este honor. 
4º Representar al plantel en actos culturales, deportivos, académicos y sociales.
 5º Disfrutar de visitas, exposiciones, representaciones teatrales, conferencias, paseos o excursiones, etc. 
Del personero estudiantil
Amonestación verbal
Es una sanción por falta leve con la que se advierte al trabajador de la posibilidad de ser sancionado más gravemente si persiste en su conducta infractora.
Amonestación escrita
Es una sanción por falta más grave, que debe ser notificada expresando el serio descontento de la empresa y haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan. A diferencia de la amonestación verbal, que siempre se prescribe para las faltas leves, los convenios colectivos incluyen esta modalidad sancionadora simultáneamente tanto para las faltas leves como graves.
Suspensión
Detención o interrupción del desarrollo de una acción durante un tiempo o indefinidamente.
Perdida de cupo
Son causales de pérdida de cupo en un programa académico las siguientes: 
1. Reprobar por tercera vez un mismo curso o asignatura. 
2. Obtener en un periodo académico un promedio inferior a tres coma cero (3,0). 
3. No matricularse en los tiempos señalados en el calendario académico y no solicitar la reserva de cupo. Quien se encuentre en estas condiciones será considerado como estudiante en abandono de programa. 
4. No obtener el promedio exigido en el periodo de prueba. 
5. Perder tres (3) o más cursos en un mismo periodo académico. 
6. No cumplir las condiciones establecidas por el decano o el consejo académico en los casos previstos en este reglamento. 
Cancelación de matricula
La cancelación de matrícula o no renovación de matrícula, se hace efectiva al término del año escolar, es decir, el estudiante pierde su matrícula en el establecimiento para el año siguiente.

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